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Resolución de 24 de mayo de 2001, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 14 de mayo de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades y de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo por la que se determina la composición de los Tribunales, se convoca a los aspirantes y se establece el calendario para la realización de las pruebas teóricos-prácticas de Anatomía Patológica, Cirugía Cardiovascular, Cirugía Cardiovascular, Cirugía Pediátrica, Cirugía Torácica, Farmacológica clínica, Medicina Nuclear y Neurofisiología Clínica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA El Secretario de Estado de Educación y Universidades y el Subsecretario de Sanidad y Consumo han dictado, de forma conjunta, una Resolución de 14 de mayo de 2001, por la que se determina la composición de los tribunales se convoca a los aspirantes y se establece el calendario para la realización de las pruebas teóricos-prácticas de las especialidades médicas de Anatomía Patológica, Cirugía Cardiovascular, Cirugía Pediátrica, Cirugía Torácica, Farmacología Clínica, Medicina Nuclear y Neurofisiología Clínica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, por el que se regula un procedimiento excepcional de acceso al título de médico especialista. Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo la presente Resolución. Madrid, 24 de mayo de 2001.-La Subsecretaria, Dolores de la Fuente Vázquez.
ANEXO Resolución conjunta del Secretario de Estado de Educación y Universidades y del Subsecretario de Sanidad y Consumo, por la que se determina la composición de los Tribunales, se convoca a los aspiran y se establece el calendario para la realización de las pruebas teórico-práctica de las especialidades médicas de Anatomía Patológica, Cirugía Cardiovascular, Cirugía Pediátrica, Cirugía Torácica, Farmacología Clínica, Medicina Nuclear y Neurofisiología Clínica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1497/19 de 24 de septiembre. El Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, por el que se regula un procedimiento excepcional de acceso al título de Médico Especialista establece las características generales de la prueba teórico-práctica y evaluación de la actividad profesional y formativa que se han de realizar a los aspirantes admitidos a dichas pruebas por la Comisión Mixta los términos previstos en el artículo 2.8 del citado Real Decreto. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3.2 del Real Decreto 1497/1999, se ha publicado en el "Boletín Oficial del Estado", la Resolución de 14 de mayo de 2001, del Subsecretario de Sanidad y Consumo por la que se establecen los criterios comunes sobre formato, garantías y calificación de las pruebas antes citadas. Habiendo concluído los procedimientos de admisión y exclusión relativos a los aspirantes al título de Médico Especialista en Anatomía Patológica, Cirugía Cardiovascular, Cirugía Pediátrica, Cirugía Torácica, Farmacología Clínica, Medicina Nuclear y Neurofisiología Clínica, procede hacer públicos los tribunales de las especialidades antes citadas, así como el calendario de la prueba teórico-práctica correspondiente a cada una de ellas. Por todo ello, en función de lo previsto en el apartado segundo la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo de fecha 14 mayo de 2001, antes citada, el Secretario de Estado de Educación y universidades, conjuntamente con el Subsecretario de Sanidad y Consumo resuelven: Primero. Determinar la composición de los tribunales que han evaluar la prueba teórico práctica y la actividad profesional y formativa de los aspirantes. - Se hace pública, en los términos que se contienen en el anexo I a esta Resolución, la composición de los tribunales de evaluación de la prueba teórico-práctica y de la actividad profesional y formativa de los aspirantes admitidos al sistema de obtención del título de Médico Especialista regulado por el Real Decreto 1497/1999 en las especialidades de Anatomía Patológica, Cirugía Cardiovascular, Cirugía Pediátrica, Cirugía Torácica, Farmacología Clínica, Medicina Nuclear y Neurofisiología Clínica. Segundo. Convocatoria para la realización de las pruebas teórico-prácticas y calendario de las mismas: 1. Se convoca en llamamiento único a los aspirantes que hayan resultado admitidos en las especialidades que se citan en el apartado anterior, en el lugar, fecha y hora que para cada una de ellas se especifica en el anexo II de esta Resolución. Dicho llamamiento se efectuará, para cada especialidad, por orden alfabético, comenzando por la letra. 2. Los aspirantes asistirán al llamamiento provistos del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así como del documento mediante el que la Subdirección General de Especialidades en Ciencias de la Salud del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, les notifica la Resolución de admisión a dicha prueba dictada por la Comisión mixta, según lo dispuesto en el artículo 2.7 del Real Decreto 1497/1999. Tercero. Características de las pruebas teórico-práctica. -Dichas pruebas se ajustarán a las previsiones contenidas en la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo de 14 de mayo de 2001, por la que se establecen los criterios comunes sobre formato, contenido, garantías y calificación aplicables a los procedimientos de evaluación curricular y desarrollo de las pruebas a las que se refiere el artículo 3 del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre. Cuarto. Composición del Comité de Enlace. -De conformidad con lo previsto en el apartado sexto de la Resolución de 14 de mayo de 2001, del Subsecretario de Sanidad y Consumo antes citada, se acuerda, en los términos que se contienen en el anexo III a esta Resolución, la composición del Comité de Enlace destinado a realizar el seguimiento de la aplicación de los criterios comunes para la realización de las pruebas teórico- prácticas de todas las especialidades médicas incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1497,1999. Quinto. Indemnizaciones por razón de servicios.- Las asistencias devengadas por los miembros de los tribunales, del Comité de Enlace así como por el personal designado por la Subsecretaría de Sanidad y Consumo para la realización de las actividades que sean necesarias para el desarrollo de estas pruebas, serán las correspondientes a la categoría primera de las previstas en el artículo 33 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre Indemnizaciones por razón de servicios. Dichas asistencias se harán efectivas con cargo al concepto presupuestario 26.03.411 A.233, con el límite del número máximo autorizado por el Ministerio de Administraciones Públicas. Madrid, 14 de mayo de 2001.-E, Secretario de Estado de Educación y Universidades, Julio Iglesias de Ussel- El Subsecretario de Sanidad y Consumo, Julio Sánchez Fierro.
ANEXO I
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidenta titular: Doña Juliana Fariña González. Presidente suplente: Don Agustín Bullón Sopelana. Vocales titulares: Doña Pilar Fernández Segoviano y don Emilio Álvarez Fernández. Vocales suplentes: Don Francisco Izquierdo García y don Antonio Rodríguez Fernández.
Vocal titular: Don Eduardo Vázquez Martul. Vocal suplente: Don Fernando Val Bernal.
Vocal titular: Don Agustín Herrero Zapatero. Vocal suplente: Doña María Dolores Ludeña de la Cruz. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretaria titular: Doña María del Mar Pastor Muñoz. Secretario suplente: Don Pedro Nogueral Martínez.
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidente titular: Don José Manuel Revuelta Sobas. Presidente suplente: Don José J. Cuenca Castillo. Vocales titulares: Don Manuel Concha Ruiz y Don Antonio Ordóñez Fernández. Vocales suplentes: Don Ramón Arcas Meca y Don Juan J. Rufilanchas Sánchez.
Vocal titular: Don Teodoro Moreno Herrero. Vocal suplente: Don Gabriel Téllez de Peralta.
Vocal titular: Don Enrique Pérez Duarte. Vocal suplente: Don José Julio Triviño Marín. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretario titular: Don Francisco Valero Bonilla. Secretaria suplente: Doña Elvira González Arias.
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidente titular: Don Luis Morales Fochs. Presidente suplente: Don Luis Lassaetta Garbayo. Vocales titulares: Don Vicente Rollan Villamarin y doña María Isabel Benavent Gordo. Vocales suplentes: Don Juan Carlos Ollero Fresno y don Emilio Blesa Sánchez.
Vocal titular: Don Carlos García Sala. Vocal suplente: Don Francisco Berchi García.
Vocal titular: Don Jerónimo Borrero Fernández. Vocal suplente: Don Juan José Vilá Garbo. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretaria titular: Doña María del Mar Pastor Muñoz. Secretario suplente: Don Pedro Nogueral Martínez.
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidente titular: Don Guillermo Ramos Seisdedos. Presidente suplente: Don Julio Astudillo Pombo. Vocales titulares: Don Jorge Freixenet Quilart y don Gonzalo Varela Sima. Vocales suplentes: Don Luis López Rivero y don José Luis Duque Medina.
Vocal titular: Don Andrés Varela Ugarte. Vocal suplente: Don Antonio Canto Armengod.
Vocal titular: Don Benno Baschwitz Gómez. Vocal suplente: Don Rafael Peñalver Pascual. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretario titular: Don Francisco Vaho Bonilla. Secretaria suplente: Doña Elvira González Arias.
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidente titular: Don Alfonso Moreno González. Presidente suplente: Don Fernando García Alonso. Vocales titulares: Doña María Isabel Lucena González y don Nicolás Boada Juárez. Vocales suplentes: Don José María Arnau de Bolos y doña África Mediavilla Martínez.
Vocal titular: Don Pablo Salva Lacombe. Vocal suplente: Don Eduard Diogene Fadini.
Vocal titular: Don Jesús Honorato Pérez. Vocal Suplente: Doña Macarena Rodríguez Mendizábal. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretaria titular: Doña María del Mar Pastor Muñoz. Secretario suplente: Don Pedro Noguerol Martínez.
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidente titular: Don Antonio Mateo Navarro. Presidente suplente: Don Fernando Arnaiz Bueno. Vocales titulares: Don José Luis Carreras Delgado y don José Luis Martínez Aedo. Vocales suplentes: Don Francisco Comeña Caballero y don Andrés Sorena Puig.
Vocal titular: Don José M. Carril Carril. Vocal suplente: Doña Mercedes Mitjavilla Casanovas.
Vocal titular: Don José María Freire Macías. Vocal suplente: Don J. Ángel Richter Echevarría. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretario titular: Don Francisco Valero Bonilla. Secretario suplente: Doña Elvira González Arias.
Vocales designados a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad: Presidenta titular: Doña Inés Picornell Darder. Presidente suplente: Don Manuel Conde López. Vocales titulares: Don José A. Macías Fernández v don Pedro Chaparro Hernández.
Vocal titular: Doña Gema de Blas Beorlegui. Vocal suplente: Don Ángel Luis Serrano García.
Vocal titular: Don Lucio González Sanz. Vocal suplente: Don Ángel Esteban García. Secretario (con voz, pero sin voto): Secretaria titular: Doña María Mar Pastor Muñoz. Secretario suplente: Don Pedro Nogueral Martínez.
ANEXO II
Especialidad
de Cirugía Cardiovascular Especialidad
de Cirugía Pediátrica Especialidad
de Cirugía Torácica Especialidad
de Medicina Nuclear Especialidad
de Neurofisiología Clínica
ANEXO III
Don Juan Antonio Gómez Rubí Don César Sánchez Álvarez-Pedrosa.
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