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Accés excepcional al títol de Medicina Familiar i Comunitària per als llicenciats d'abans de l'1-1-1995. Formació Complemerària. (14/04/99) MINISTERIO
DE SANIDAD Y CONSUMO
El artículo 1.2 de dicha norma dispone que los interesados habrán de poseer, antes del 1 de enero de 2008, un mínimo de trescientas horas de formación cuyos contenidos deberán contemplar los diferentes ámbitos que configuran el perfil profesional del Médico de Familia, correspondiendo a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, determinar el índice de materias, ámbitos y proporción de áreas que deberá abarcar tal formación continuada y complementaria. Por ello, la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, a propuesta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, tras consulta con las sociedades científicas de Atención Primaria, oído el Consejo General de Colegios de Médicos y previo informe favorable de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica del Ministerio de Educación y Cultura, resuelve: Primero.- Aprobar el índice de materias y ámbitos, agrupados por áreas, que configuran el perfil profesional del Médico de Familia a efectos de las trescientas horas de formación complementaria exigidas por el artículo 1.2 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, así como la distribución de dichas horas entre las materias relacionadas en el citado índice, que se detalla a Continuación: 1. Área general: Los interesados habrán de acreditar haber cursado un mínimo de cuarenta horas lectivas en total, en alguna/s de la/s materias que se citan a Continuación:
b) Garantía de calidad en Atención Primaria de Salud. c) Investigación en Atención Primaria de Salud. d) Trabajo en equipo y otras formas de organización de la práctica médica en Atención Primaria de Salud. e) Etica médica y legislación. f) Entrevista e historia clínica. g) Informática en Atención Primaria de Salud. acreditar haber cursado un total de doscientas diez horas lectivas distribuidas de la siguiente forma: 2.1 Cinco módulos diferentes, de una duración mínima de veinte horas cada uno de ellos sobre, al menos, tres materias distintas, relacionadas con las actividades asistenciales que se citan a continuación:
b) Atención a la mujer. c) Atención al anciano. d) Atención traumatológica y quirúrgica. e) Atención oftalmológica, otorrinolaringológica, urológica y dermatológica. f) Atención en salud mental. g) Exploraciones complementarias más utilizadas en Atención Primaria de Salud (radiología, electrocadiografía,...). h) Otras actividades asistenciales relacionadas con el Área de Atención al Individuo. 3. Área de atención a la familia: Los interesados habrán de acreditar haber cursado un mínimo de veinte horas lectivas en total, en alguna/s de la/s materias que se relacionan a continuación:
b) Relación familia/paciente. c) Exploración e intervención familiar en Atención Primaria de Salud.
b) Diseño de un programa comunitario. c) Los programas de salud comunitarios. d) Educación para la salud. e) Los sistemas de registro en atención primaria de salud. En este caso, los interesados cumplimentarán lo previsto en el apartado 3 del modelo de solicitud que figura como anexo I a esta Resolución. Tercero.- Con la finalidad de facilitar la presentación de las solicitudes de expedición del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria por el procedimiento regulado en el artículo 2 de Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, se hace público, como anexo I, el modelo de solicitud en el que figura la documentación a aportar por cada solicitante. Las solicitudes se facilitarán gratuitamente en los lugares que se citan en el artículo 2.2 del citado Real Decreto, así como en el Ministerio de Sanidad y Consumo, y en las Delegaciones, Subdelegaciones de Gobierno y Unidades que se relacionan en el anexo II, desde donde la remitirán a la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica del Ministerio de Educación y Cultura, sita en la calle Serrano, 150, 28071 Madrid. Madrid, 26 de marzo de 1999.-El Subsecretario, Enrique Castellón Leal. |